por Rebecca Millette
MADRID, España, 19 de abril 2011 (Notifam) – En el marco de una decisión judicial importante, a un médico pro-vida español, quien se rehusó hacer referidos para los abortos, se le negado el amparo de ser declarado “objetor de conciencia” bajo la controvertida ley de aborto de España.
El médico de familia, cuyo nombre no se ha dado a conocer, de un centro médico público en Antequera en el sur de España, solicitó los privilegios que concede la ley de aborto del país, para quedar libre de que se le requiriera que hiciera referidos de abortos para las mujeres, basado en su objeción de conciencia. Sin embargo, el juez del tribunal de Málaga rechazó la solicitud del médico, señalando que “el interés público que representa la atención adecuada, ha de tener prevalencia”, según informa el periódico El Telégrafo (The Telegraph) (del Reino Unido).
La nueva ley de aborto de España, que permite la matanza de los concebidos durante las primeras 14 semanas de embarazo, por pedido, ha sido altamente criticada por conservadores y defensores pro-vida, especialmente por la Iglesia Católica en España.
El pasado mes de mayo, el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos de España, también denunció la ley, durante su Congreso de la Profesión Médica que se lleva a cabo anualmente, en una declaración titulada El aborto no es un derecho.
Bajo la ley de aborto, los médicos pueden rehusar practicar abortos “por razones de conciencia”. Sin embargo, en el caso de un médico de familia, el juez dictaminó que los derechos bajo la ley solamente se refieren a los médicos que rehúsan practicar los abortos, y la misma no se extiende a aquellos que rehúsan hacer referidos para los abortos.
Se ha informado que cientos de médicos se han registrado como “objetores de conciencia” bajo la ley de aborto, desde el pasado mes de julio.
Previo a esta ley, el aborto era permitido en España solamente en los casos de violación hasta las 12 semanas de gestación, o hasta las 24 semanas si peligraba la salud mental o física de la madre. Sin embargo, ahora el aborto por pedido está legalizado a partir de las 14 semanas de embarazo, y hasta las 22 semanas, cuando se encuentra amenazada la vida y o la salud de la madre.