Aborto “a requerimiento” desde los 14 años.
Macri consiguió la autorización para contraer un endeudamiento de u$s 100 millones destinado a obras de infraestructura; representados por una o más emisiones de títulos de deuda (expte 1720-J-2012).
En la misma sesión se trató sobre tablas “aborto no punible”, la diputada María José Lubertino le agradeció al macrismo que “haya facilitado el debate” (vid Notivida Nº 855). El proyecto aprobado durante la madrugada de hoy obtuvo 30 votos positivos y 29 negativos (el bloque del PRO y los diputados Arenaza, Montes y Amoroso).
El Cuerpo denunciará a Lubertino ante el INADI porque desde el recinto escribió en su cuenta de twitter “Morales Gorleri y Bergman saquen el Rosario y el kipá de nuestros ovarios”.
Raquel Herrero (PRO) fue la única que se permitió disentir con el fallo de la Corte Suprema de Justicia y dijo que era el día más triste de su vida, mientras que Susana Rinaldi (Frente Progresista Popular) celebró con alegría el proyecto, como legisladora y como representante de la UNESCO.
María Elena Naddeo (Frente Progresista Popular) afirmó que el “derecho a una maternidad no forzada” es parte de los “derechos sexuales y reproductivos”.
José Luis Acevedo y Daniel Lipovetzky (PRO) defendieron la Resolución del Ministerio de Salud de la Ciudad, mientras que Gabriela Alegre (FpV) dijo que la Resolución pone una “carrera de obstáculos” antes de practicar el aborto.
Alejandro Bodart (MST) le pidió al kirchnerismo que le exija al Gobierno nacional lo mismo que le exigió al Gobierno de la Ciudad. Juan Pablo Arenaza (Bases para la Unión) se manifestó a favor de la vida y en contra de penalizar a la mujer que se practica un aborto. Diana Martínez Barrios (PRO) dijo que antes de llegar a la muerte hay que prevenir.
Maximiliano Ferraro (CC) estimó que el acompañamiento interdisciplinario a las menores debería ser obligatorio.
Victoria Morales Gorleri (PRO) denunció que el proyecto es la legalización encubierta del aborto, también lo hizo la macrista Carmen Polledo que, como muchos de sus compañeros de bancada, sostuvo que el fallo de la Corte “terminó con la discusión histórica sobre la interpretación del inc. 2º del artículo 86 del Código Penal”. Martín Ocampo (PRO) dijo que estaban legislando sobre una materia que excede las competencias de la Legislatura, lo mismo aseveró el rabino Sergio Bergman.
Rocío Sánchez Andía (CC) y Alejandro Amor (FpV) dijeron ser católicos pero estar a favor del proyecto.
María Rachid (FpV) le agradeció al PRO que haya permanecido en el recinto permitiendo el debate.
Recordemos que el pasado 13 de marzo de 2012 la Corte convalidó la ejecución de un niño por nacer en la Provincia de Chubut y se permitió exhortar – arbitraria, inmoral e inconstitucionalmente- a las autoridades Nacionales, Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para que implementen y hagan operativos, mediante normas del más alto nivel, protocolos hospitalarios para la concreta atención de los abortos que denomina como “no punibles”.
A pesar de reconocer que el pronunciamiento del Máximo Tribunal no es obligatorio, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires juzgó pertinente “atender prudencialmente” su exhortación y dictó la Resolución N° 1.252/2012 que implementó el protocolo de la muerte porteño.
A los militantes abortistas la Resolución les quedó chica y hoy sancionaron un proyecto de ley, que amplía el número de víctimas inocentes.
El proyecto sancionado garantiza el aborto “a partir de los 14 años”, “en caso de peligro “para la salud integral” (física, psíquica y social), y en cualquier violación acreditada con una mera declaración jurada.
Estas previsiones abren, en los hechos, una plataforma para la realización irrestricta de abortos “a requerimiento”.
Al margen de su ideario, todos los efectores del sistema de salud, cualquiera sea su complejidad o nivel, deben garantizar el acceso al aborto efectuando las prestaciones a su alcance. El profesional de la salud que sea objetor de conciencia se lo deberá informar a la gestante desde la primera consulta que realice con motivo del embarazo, lo que lo obliga, de algún modo, a promover el aborto.
No nos cansaremos de repetir que no existe en nuestro ordenamiento jurídico ningún supuesto válido de “aborto no punible”. Se encuentra en cambio consagrado, de modo absoluto e intangible, el derecho a la vida de todo niño desde su concepción; y ello con jerarquía constitucional. En este contexto reviste singular gravedad que la mera no punibilidad de los -nulos, inconstitucionales y derogados- supuestos de los incisos 1° y 2° del artículo 86 del Código Penal, haya sido convertida en obligación legal impuesta al Estado.
Máxime cuando se trata de la eliminación aleve de seres humanos inocentes, los niños por nacer, menester en el que nunca debería involucrarse el Estado, cuya verdadera obligación es proteger su derecho intrínseco a la vida y garantizar su interés superior y supervivencia.
Por ello, tanto el protocolo macrista como el proyecto sancionado hoy -más allá de la amplitud de sus alcances- son inmorales, ilegítimos, ilegales e inconstitucionales.
NOTIVIDA, Año XII, Nº 856, 27 de septiembre de 2012
Editores: Lic. Mónica del Río y Pbro. Dr. Juan C. Sanahuja
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