viernes, 20 de diciembre de 2013

Juez Salteño protege la vida de madre y niño por nacer en un caso de violación

La joven de 14 años tiene un embarazo de 10 semanas fruto de la violación de su padrastro. El juez Víctor Soria ordenó suspender el aborto. 

(ArgentinosAlerta.org) El juez de Familia Nº 1, Víctor Soria, ordenó suspender el aborto "no punible" de la adolescente de 14 años. Dispuso que un equipo multidisciplinario acompañe a la menor hasta el parto y luego dé su hijo en adopción.
El Juez instruyó al Ministerio Público Fiscal para que comience los tramites conducentes a entregar el niño/a nacido producto de la violación, en adopción. También solicitó al ministerio de Derechos Humanos de la Provincia de Salta que entregue un subsidio a la familia de la niña mientras curse el embarazo.
El juez Soria también declaró inconstitucional el decreto provincial 1170/12 “Protocolo de Actuación ante Abortos No Punibles”. Ante el fallo de la Corte Suprema sobre aborto no punible, el gobernador Urtubey había declarado inicialmente “vamos a seguir defendiendo los derechos que consideramos inalienables” pero luego claudicó implementando finalmente el procedimiento para abortos "no punibles" con número de decreto 1170/12. Ahora, ha sido declarado inconstitucional por el Juez Soria.
El juez advirtió que se incurriría en el delito de desobediencia judicial si se realizase el aborto. Mónica Menini, una de las abogadas de la menor, confirmó este jueves 19 de diciembre que el aborto no se ha realizado.
El Art. 10 de la Constitución de la Provincia de Salta consagra el derecho a la vida de todo ser humano desde la concepción. Cabe recordar que en el citado fallo de la Corte Suprema sobre aborto no punible referido a un caso particular, la Corte se atribuyó facultades para legislar que no posee.
La justicia de Córdoba también ha declarado inconstitucional el protocolo de aborto no punible que en su momento había aprobado el gobernador De la Sota: "El Código Penal no otorga una autorización para abortar en los casos de los incisos del art. 86 ni, menos aún, confiere un derecho a hacerlo".

El caso
Según informan los medios, la joven de 14 años era abusada por el marido de su madre desde los 12. La historia no se supo hasta el mes pasado, cuando la mujer regresó a su casa en un horario más temprano al habitual y descubrió a su pareja abusando de su hija. El hombre reaccionó de modo violento y golpeó a las dos mujeres. El padrastro se encuentra detenido en la Alcaidía Judicial. 
Tras la golpiza, la niña fue internada en el Hospital Público Materno Infantil. Allí se descubrió que estaba embarazada, y tanto ella como su madre solicitaron el aborto, que se realizaría el 19 de noviembre en el Hospital Materno Infantil, donde ya se han practicado otros abortos, tal como reconoció la directora de Maternidad, Marisa Alvarez.
Si la niña fue abusada durante dos años por el padrastro, desde los 12 hasta los 14 años, resulta dudoso que la madre nunca se hubiera dado cuenta. Ahora solicita la solución rápida: el aborto del niño de 10 semanas que nada tiene que ver en el asunto. Y al drama de dos años de abusos le pretende sumar el drama de un aborto.
La asesora de incapaces, Claudia Flores Larsen, presentó un recurso de amparo en nombre del niño por nacer y el juez Víctor Soria dictó la medida cautelar.
El asesor jurídico del Materno Infantil, Oreste Lovaglio, dijo que "la notificación no indica que sea solo en el Hospital el impedimento, sino en general", tras haber dado el alta a la menor por pedido de la madre y de las abogadas Mónica Menini y Graciela Abutt Carol, luego de un mes de internación.
Por su parte, Graciela Abutt Carol y Mónica Menini, abogadas de la madre, apelaron la sentencia del juez Soria que ahora irá a la Corte de Justicia de Salta. Espera una pronta respuesta para realizar el aborto en el Hospital Materno Infantil.
Mónica Mennini pertenece a la Asociación Nacional de Abogadas por los Derechos de la Mujer. Esta asociación entiende al aborto como un "derecho".
La justicia de Córdoba, en cambio, fue tajante en este aspecto: "Existe una inmensa distancia entre desincriminar penalmente una conducta y reconocer el derecho a ejecutarla".

Para mayor información sobre el fallo de aborto no punible de la Corte Suprema remitimos al siguiente artículo: